“Por el video de ‘El Cambio en Primera’, en pocos días la procuradora Margarita Cabello, violando la Convención Americana de Derechos Humanos, la Constitución y la ley, emitirá un fallo con el que pretende que no pueda participar en elecciones presidenciales por 15 años”, dijo en Twitter el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, en abril pasado.
Entonces, parte de la prensa proyectó un fallo disciplinario anticipado, pero solo hasta este miércoles se conoció la decisión de la Procuraduría. Sobre la mesa había tres opciones: una inhabilidad, que podría dejar a Quintero por fuera de la arena política durante años, impidiéndole ser candidato presidencial en 2026; una suspensión, pagada vía sanción económica porque ya no es funcionario en ejercicio; o un fallo favorable, la última opción y también la más remota.
Finalmente, la decisión de la Procuraduría se orientó hacia un fallo moderado. El despacho del procurador delegado, Luis Francisco Casas, decidió imponerle a Quintero una inhabilidad por seis meses para ejercer cargos públicos y una suspensión por el mismo tiempo que deberá pagar en dinero porque ya no es funcionario en ejercicio. La multa es de $104 millones.
“Este es un fallo corrupto, que viola la Constitución. Es lo mismo que le hicieron a Petro, cuando trataron de evitar que participara en las elecciones presidenciales, y que obligó a que la CIDH le recordara a Colombia que la Procuraduría no puede sacar del camino a un rival político”, dijo Quintero sobre la decisión. Sin embargo, el fallo tiene un recurso de apelación al que asistirá la defensa del exalcalde. Así lo confirmó su abogado, Héctor Carvajal.
Estas son las claves de un caso aún abierto en el que Quintero se equipara con Gustavo Petro, quien fue suspendido de la Alcaldía de Bogotá por la Procuraduría en 2014, y que además revive el debate jurídico sobre las facultades que tiene un órgano administrativo para sancionar a funcionarios de elección popular:
1. Procuraduría dice que Quintero difundió ideas afines al Pacto Histórico
Quintero afronta un juicio en la Procuraduría porque es señalado de “publicar, difundir, defender y respaldar, a través de medios y en redes sociales, ideas afines al Pacto Histórico de cara a la contienda electoral de 2022, lo que implicaría la comisión de falta disciplinaria por intervención política”, se lee en un auto de la Procuraduría del 10 de mayo de 2022 al que La Silla Vacía tuvo acceso.
La denuncia la había formulado el 18 de marzo del mismo año el diputado de izquierda y hoy militante de Dignidad y Compromiso Ciudadano, Luis Peláez. La base de la queja fue una publicación del 17 de marzo en la que Quintero, todavía en funciones como alcalde, pidió recontar los votos de las elecciones para Congreso y consultas presidenciales.
“Se debe revisar cada voto. Empezar por las mesas con cero votos para el Pacto Histórico y Fuerza Ciudadana. Lo que está pasando no es nuevo. Llegó la hora de hacer un debate estructural al sistema electoral colombiano”, dijo Quintero en X ese día.
“Se evidencia que la afirmación del alcalde hace referencia explícita a dos colectividades por lo que incurre en una falta gravísima”, agregó Peláez en su denuncia. “El candidato presidencial por el Pacto Histórico es Gustavo Petro y el alcalde hizo un trino mencionando dicha colectividad”.
La Procuraduría abrió la investigación el 29 de abril de 2022. Y el 10 de mayo del mismo año, la Viceprocuraduría enlistó en el auto mencionado las publicaciones que para ese órgano evidenciaban una posible participación de Quintero en política.
Entre estas se contaron alusiones al “Fajardo/Uribismo”; una foto en la que Quintero sugirió haber votado por la consulta del Pacto Histórico; denuncias de medios que señalaron a la alcaldía de Quintero de pagar buses para mover votantes de Petro; y una declaración de la senadora Isabel Zuleta, quien dijo que el exalcalde “era del Pacto Histórico”.
Pero un video en el que Quintero le metió un cambio a un carro el 9 de mayo de ese año, diciendo “¿Quién me sigue? #ElCambioEnPrimera”, fue la gota que rebosó la copa, según el seguimiento hecho por la Procuraduría. Esa etiqueta luego fue usada por caras visibles del petrismo, como Gustavo Bolívar, y se convirtió en uno de los estribillos de la campaña Petro Presidente.
Con base en esos argumentos, la procuradora Margarita Cabello suspendió a Quintero por 40 días el mismo 10 de mayo. “Los servidores deben tener en cuenta que la intervención en política no se reduce al pedido de votar por un candidato, sino que contempla cualquier actuación que genere en el imaginario colectivo la realización de alianzas que rompan con el equilibrio de la contienda electoral”, dijo Cabello entonces.
De esta forma se llegó al pliego de cargos en contra del exalcalde, emitido el 14 de diciembre de 2023. Y a la etapa de juicio verbal, que arrancó el 14 de febrero de este año en Bogotá, y en la que hasta ahora el exalcalde se ha declarado “inocente”.
2. Quintero alega que el proceso no tiene fondo y se compara con Petro
En su publicación de este fin de semana, el exalcalde Quintero dijo que la Procuraduría no tiene pruebas objetivas en el proceso: “La Procuraduría no ha podido demostrar mi participación en ninguna campaña política. Contrario a la evidencia, ha afirmado que #ElCambioEnPrimera era un eslogan de la campaña de Petro o sus militantes”.
Quintero argumenta que el proceso no tiene piso porque en X no aparecen resultados con ese numeral previo al día de su publicación: “Si hacen la búsqueda, descubrirán que no existen resultados que incluyan la combinación de #ElCambioEnPrimera y Petro antes de la fecha en que publiqué el video”.
Y agrega, concentrado en la misma publicación y no en las demás que también integran este proceso que lleva casi dos años en Procuraduría: “Sin embargo, si ajustan la fecha a un día después, encontrarán miles de resultados, demostrando así que el uso del hashtag comenzó después de mi publicación”.
El exalcalde también compara su caso con el de Petro en Bogotá.
Dice: “El procurador Alejandro Ordoñez suspendió e inhabilitó por 15 años al entonces alcalde Gustavo Petro. La justificación fue política y el Estado fue condenado por instancias internacionales. La Cidh tuvo que recordarle a Colombia que el procurador, un cargo administrativo y no penal, no podía sacar del juego a sus rivales políticos”.
Sobre esa premisa ha cabalgado su defensa jurídica desde que fue suspendido provisionalmente.
Esteban Restrepo, excandidato a la Gobernación por Independientes y del círculo primario de Quintero, alegó en una tutela el 12 de mayo de 2022 que la suspensión de la Procuraduría debería quedarse sin piso. Afirmó que hubo vicios de forma en la notificación y que la suspensión iba en contra del precedente sentado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con Petro, en julio de 2020.
En la tutela, que finalmente no prosperó, se afirma que una suspensión por manos de la procuradora violaba los derechos políticos de Quintero: “En la sentencia proferida por la Corte IDH en el caso Petro Urrego Vs Colombia, se indicó que no es posible que funcionarios elegidos popularmente sean suspendidos o destituidos por autoridades administrativas”.
3. Caso del exalcalde reabre debate sobre facultades de la Procuraduría
La Viceprocuraduría, en el auto del 10 de mayo de 2022, invoca la Ley 2094 de 2021 (que modificó una ley similar de 2019). Con este ajuste el Congreso le atribuyó funciones jurisdiccionales a la Procuraduría para la “vigilancia, investigación, sanción, destitución o inhabilidad” de los servidores públicos en el país, incluidos los electos por voto popular.
En el texto, ese ente también se apoya en la Ley 1851 de 2021, que le dio vía libre a la ampliación de la planta burocrática de la Procuraduría y que le permitió a los procuradores delegados disciplinar a funcionarios como alcaldes (el caso, sin embargo, por el derecho preferente respaldado en esta ley, terminó en las oficinas centrales de la Procuraduría).
Quintero dice que estos cambios responden a una “argucia jurídica que demuestra un desprecio profundo por la democracia”.
Y es que las normas que invoca la Procuraduría tienen matices. La Corte Constitucional, en una sentencia del 16 de febrero de 2023, tumbó el apartado de la Ley 2094 que le entregó funciones jurisdiccionales a la Procuraduría para suspender o destituir a funcionarios electos popularmente.
Sin embargo, mantuvo la posibilidad para que ese ente investigue y emita sanciones de ese tipo, que no podrán ejecutarse hasta que el Consejo de Estado, en un ejercicio de control automático pero con garantías, confirme la decisión.
“Ese fue el agregado de la decisión de la Corte Constitucional. Validó la competencia de la Procuraduría para afectar las funciones de elección popular, pero precisó que las sanciones de este tipo no se pueden ejecutar hasta que haya un pronunciamiento del Consejo de Estado”, reitera el exprocurador, Alfonso Gómez Méndez.
Sobre esta ley también se refirió Quintero en una tutela interpuesta el 12 de mayo de 2022 ante el Tribunal Superior de Bogotá. En esa acción, que tampoco tumbó la suspensión de 40 días al exalcalde, se precisó que el Estado colombiano usó este recurso en medio del proceso de supervisión de la sentencia por el caso Petro.
También se dijo que la Corte IDH, al analizar la Ley 2094, insistió en que la sanción que lleve a la destitución o inhabilidad de un funcionario elegido popularmente debe venir de “un juez competente en el correspondiente proceso penal”. Y Quintero, como tutelante, agregó: “No por una autoridad administrativa a la que se han otorgado funciones jurisdiccionales”.
4. El quinterismo ve un patrón de persecución en las decisiones de Cabello
El caso de Quintero, quien suma 18 procesos activos y 15 archivados en la Procuraduría, es calificado por su círculo como una estrategia de persecución política.
Ese fue el argumento al que volvieron los quinteristas el 16 de febrero pasado, cuando el Tribunal Administrativo de Antioquia tumbó en primera instancia la curul en el Concejo de Medellín de Juan Carlos Upegui, quien fue el candidato de Quintero a la Alcaldía, por haber incurrido en una inhabilidad.
La demanda para tumbar la investidura de Upegui fue radicada el 11 de diciembre de 2023 y dos meses y cinco días después ya tenía un fallo. “Eso estaba cantado. Cuando las cosas se mueven tan rápido es porque les están metiendo gasolina”, le dijo a La Silla en febrero una fuente del corazón de Independientes, que pidió la reserva para entregar detalles sobre el impacto del fallo.
La Procuraduría no emitió la decisión, pero sí lo recomendó.
El ente liderado por Cabello sostuvo que Upegui debía ser apartado de su cargo porque su experiencia le permitía conocer el régimen de inhabilidades. E instó a los magistrados a fallar en ese sentido, previo a que se conociera el fallo: “Esta Procuraduría Judicial le solicita respetuosamente a la sala declarar la pérdida de investidura de Upegui”.
“Esta cadena de sucesos evidencia la persecución política”, dijo Eli Shnaider, director del Partido Independientes, también en febrero. “Lo comenzamos a ver con el proceso en contra de Daniel y lo vemos hoy con Juan Carlos. De 200 procesos de pérdida de investidura en Antioquia, es interesante la velocidad con la que se falló su caso en el Concejo”.
En el círculo de Quintero también cuentan la sanción que la Procuraduría le impuso al senador del Pacto Histórico, Álex Flórez, como síntoma de una persecución. Ese ente dijo que el senador fue responsable de calumnia por llamar “asesinos” a tres policías mientras intentaba entrar borracho a un hotel en Cartagena. Por esto lo apartó temporalmente de su silla en el Congreso el 24 de mayo de 2023.
“La Procuraduría insiste en que puede suspender a personas electas por voto popular, pero solo se concentra en políticos no afines. Aunque aún no tenemos información sobre el fallo contra Quintero, intuimos que este será negativo por la persecución que se ha evidenciado en los otros casos”, dice a un día de la audiencia Alejandro Toro, representante del Pacto Histórico y aliado del exalcalde.
5. Fallo no sería inmediato y le abriría a Quintero la ruta que caminó Petro
El exprocurador Gómez explica que un posible fallo de inhabilidad en contra de Quintero no sería inmediato. Primero, para ser válido, debe surtir el control obligatorio que le adjudicó la Corte Constitucional al Consejo de Estado. “Ese control es automático y define si la decisión se ejecuta o no”, insiste el exprocurador.
Pero se podrían tocar más puertas.
Una vez el Consejo de Estado haga el examen sobre la decisión, esta se podría apelar al interior de la Procuraduría con un recurso de reposición. También, una vez en firme, podría impugnarse de forma directa en el Consejo de Estado. “Y queda la puerta para una tutela ante la Corte Constitucional”, explica Gómez.
Estas son las instancias internas, pero Quintero y su círculo han apostado desde el principio por los organismos internacionales.
En varias ocasiones el representante Toro ha viajado a Washington en búsqueda del apoyo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) en este proceso. Aunque este organismo no emite fallos como la Corte IDH, es el primer paso para alegar violaciones de derechos con base en la Convención Americana de Derechos Humanos.
“No nos rendiremos: buscaremos justicia en instancias internacionales”, anticipó Quintero este fin de semana. Y sobre eso vuelve el representante Toro: “Están fallando casos en contra de posibles candidatos presidenciales. Volveremos a Washington las veces que sea necesario”.
Pero esta ruta no solo es similar en lo jurídico a la recorrida por Petro en su momento. Fredy Chaverra, analista político de la Universidad de Antioquia, ve los pronunciamientos de Quintero como una estrategia de posicionamiento por fuera de Medellín y Antioquia, donde no tiene la mejor favorabilidad.
“Está jugado por un papel de víctima del establecimiento. Busca proyectarse comparando su caso con el de Petro, quien en su proceso también ganó reconocimiento nacional. Aún no son claros los réditos que pueda tener, pero esta narrativa le podría favorecer en un escenario polarizado”, advierte Chaverra.
Pese a eso, el diputado Peláez, quien interpuso la queja que hoy tiene a Quintero definiendo su futuro político en la Procuraduría, afirma “que ni un fallo de este tipo servirá para mejorar la mala imagen de un exalcalde cuestionado por corrupción”.