El aborto sufrió un revés en la Corte Constitucional, la misma que el año pasado decidió su despenalización hasta la semana 24 de embarazo. Una sala de revisión falló una tutela en la que dice que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) no es un derecho fundamental y que el sistema de salud no está obligado a practicarlo, lo que le podría poner nuevas trabas.
La Sala revisó el caso de una mujer indígena a la que su cabildo le negó un aborto cuando lo pidió aludiendo que en su comunidad esa práctica está prohibida.
Los tres magistrados que tomaron la decisión volvieron a llamar la atención del Congreso para que legisle sobre el tema, mientras que las demandantes de Causa Justa, que motivaron la sentencia de 2022, ya anunciaron que pedirán la anulación de este fallo. Fuentes de la Corte Constitucional aclararon que esto no significa que la Corte haya tumbado la decisión que despenalizó el aborto.
El fallo de la @Ccconstitucional se refirió al caso de una mujer indígena a la que su cabildo no le permitió realizarse un aborto.
Los magistrados revisaron dos derechos en tensión:
1⃣ La interrupción voluntaria del embarazo (IVE)
2⃣ La autodeterminación de los pueblos…— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
La decisión la tomó una sala conformada por tres magistrados: Juan Carlos Cortes, respaldado por el gobierno Petro para llegar a la Corte, Antonio José Lizarazo, quien el año pasado escribió una ponencia y votó a favor de la despenalización del aborto, y Paola Meneses, quien en esa ocasión salvó su voto contra la despenalización.
Los magistrados dijeron que este era un caso que necesitó una revisión especial porque son igual de importantes:
➡️El derecho de la mujer a abortar
➡️El derecho de la comunidad indígena a definir sus propias normas, usos y costumbres.— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
En este nuevo fallo, la Sala dice que las comunidades indígenas no pueden tomar decisiones absolutas para prohibir el aborto. Su posición es que está amparado en derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía.
Lo que la @Cconstitucional dice en la sentencia es que, para el caso de una mujer indígena a la que su comunidad le niega un aborto, no puede existir un mandato de autoridad absoluto.
También le pidió al cabildo ser más exhaustivo en su valoración cuando una mujer pide una IVE.— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
Y aunque no está en la parte resolutiva, la cual se refiere únicamente al caso concreto de la mujer indígena, lo que dice el fallo de tutela precisa que en Colombia no hay un derecho fundamental en la interrupción voluntaria del embarazo.
Pero en varias oportunidades a lo largo de la sentencia la @CConstitucional también dijo que el aborto no es un derecho fundamental y que el sistema de salud no está obligado a realizarlo. pic.twitter.com/o8TSQjTi2q— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
El aborto podría volverse más difícil de practicar porque la sentencia dice en uno de sus puntos que el sistema de salud no está obligado a realizarlo cuando una mujer lo pide si no está dentro de las tres causales aprobadas desde 2006. Y aunque esta decisión no tumba el fallo que el año pasado despenalizó el aborto hasta la semana 24, puede complicar las peticiones que mujeres realicen en algunos centros médicos.
Pero en varias oportunidades a lo largo de la sentencia la @CConstitucional también dijo que el aborto no es un derecho fundamental y que el sistema de salud no está obligado a realizarlo. pic.twitter.com/o8TSQjTi2q— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
La Corte Constitucional dijo que el sistema de salud no está obligado a hacer las IVE y que los médicos deben ponderar cuándo practicarla.
Para el abogado Héctor Riveros, eso significa que las mujeres “si quieren, pueden abortar porque no es un delito. Pero tiene que pagar y buscar quién se lo haga”.
La Silla conoció el salvamento de voto del magistrado Juan Carlos Cortés. En él dice que las más afectadas pueden ser las mujeres indígenas porque la sentencia deja incertidumbre sobre casos en los que tengan que pedirles un aborto a los sistemas de salud de sus comunidades.
Según Cortés, la Corte debió establecer unos mínimos que hagan aceptable la decisión de una comunidad indígena de negar un aborto.— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
El fallo de la Corte Constitucional puede abrir paso a una nueva confusión para las mujeres que demandan estos servicios y para los médicos que los practican. El aborto sigue estando protegido porque las sentencias que lo han reconocido siguen vigentes.
Además, en una reciente resolución del Ministrerio de Salud, firmada cuando Carolina Corcho aún era ministra, se regularon la atención y los procedimientos.
Contexto
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A pesar de que este nuevo fallo de la @CConstitucional puede dejar un vacío para las mujeres que vayan a abortar, la resolución 051 de 2023 del @MinSaludCol estableció la obligación para todo el sistema de salud para la práctica de la IVE.https://t.co/qqNhH9Dsjx— La Silla Vacía (@lasillavacia) June 14, 2023
La Corte le volvió a tirar la pelota al Congreso para que legisle, como lo hizo en 2006 y 2022 y de esa manera se resuelvan los “vacíos normativos” que quedan en este fallo de tutela. Y también las demandantes van a presentar recursos.
⚠️ El Movimiento Causa Justa envió una carta a la Corte, solicitando la nulidad de oficio de la sentencia T-158 de 2023. Esta sentencia desconoce otras sentencias emitidas por el mismo tribunal con estándares que protegen el acceso al aborto y que hoy siguen vigentes.— Causa Justa por el Aborto (@causajustaco) June 13, 2023
Sin embargo, fuentes de la Corte Constitucional consultadas por La Silla aclaran que esa solicitud de nulidad la pueden pedir únicamente los implicados en la tutela. En este caso, la mujer indígena o el cabildo.